lunes, 23 de mayo de 2011

Pagar por la propiedad intelectual debería ser lo mismo que pagar la electricidad

El jurista ovetense Francisco Marcos fue nombrado el mes pasado defensor del cliente de la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), una figura de nueva creación que aspira a convertirse en cauce para que los usuarios presenten quejas, reclamaciones, inquietudes o propuestas relativas a los servicios que la SGAE les presta. Nacido en Oviedo en 1970, Francisco Marcos estudió Derecho en la capital del Principado y se doctoró por el Colegio de España en Bolonia. Master of Laws por la Universidad de California en Berkeley (Estados Unidos), desde 2003 es profesor del Instituto de Empresa Law School. Entre 2006 y 2009 fue director general del Servicio de Defensa de la Competencia de la Comunidad de Madrid.
-¿Con qué objetivos llega al cargo de defensor del cliente de la SGAE?
-La SGAE ha creado esta institución dentro de una serie de compromisos que buscan mejorar su posicionamiento e imagen frente a sus clientes. Asumo que quiere proporcionarles un cauce de comunicación ágil y eficaz, a través del cual manifiesten sus quejas y reclamaciones sobre sus actuaciones. El propósito final es que se corrijan las posibles malas prácticas en el funcionamiento de la SGAE y se satisfagan, cuando sea razonable, los intereses y expectativas de los clientes y usuarios.
-¿Cuáles son sus cometidos?
-En términos generales, la tutela y protección de los derechos e intereses de los clientes y usuarios del repertorio de la SGAE en sus relaciones con esta entidad. En el fondo, se trata facilitar una transformación de la SGAE en una entidad orientada al cliente. Para ello, la entidad reconoce carácter vinculante a las decisiones del defensor adoptadas en relación con quejas o reclamaciones presentadas.
-¿Necesita la propiedad intelectual una pedagogía social a cargo de las entidades de gestión de esos derechos?
-Sin duda, sería conveniente una mayor información sobre la existencia y la justificación de los derechos de autor y sobre su gestión colectiva. No son más que formas de explotación de activos perfectamente lógicas y lícitas, aceptadas en todo el mundo, pero que por alguna razón son rechazadas en nuestro país.
-¿Por qué la SGAE y entidades similares generan tanto rechazo social?
-Probablemente está relacionado con lo que acabo de decir. Creo que hay un gran desconocimiento y desinformación sobre la propiedad intelectual y la necesidad de pagar a los autores y creadores por la utilización de sus obras.
-¿Está de acuerdo con las tarifas establecidas a bares, peluquerías y otros negocios no específicamente musicales y de pequeñas dimensiones por usar radio o hilo musical?
-No puedo valorar si el importe es el adecuado o no. Aparentemente los precios no son muy elevados. Un bar que utiliza receptores musicales o audiovisuales como un elemento secundario a su actividad empresarial debería pagar por su licencia de comunicación pública a SGAE un máximo de 26,33 euros al mes; una peluquería, como cualquier otro establecimiento comercial o de servicio, de 100 m2, que ameniza a sus clientes con música u obras audiovisuales debe pagar 13,38 euros al mes. Nadie obliga a estos empresarios a utilizar esos inputs productivos en su negocio, pero es lógico que si los utilizan, porque no les pertenecen, deban pagar por ellos. Pagar por la propiedad intelectual debería ser lo mismo que pagar la electricidad u otros bienes que utiliza el empresario.
-¿Cómo ve la «ley Sinde»?
-Esa ley establece un procedimiento para el cierre de páginas web que vulneren los derechos de propiedad intelectual. Lo que la «ley Sinde» persigue es dar respuesta a una situación que hasta ahora no tenía una solución rápida y eficaz, y para ello dota de ciertas garantías al procedimiento para respetar adecuadamente los derechos fundamentales. Está por ver si su aplicación práctica lo consigue.
-¿No sería preferible imitar a los países de nuestro entorno y centrar la actividad sancionadora en los usuarios de esas páginas?
-No lo sé. Intuitivamente parece tener más sentido dirigir la intervención a las páginas web que vulneran los derechos de propiedad intelectual que a los usuarios. Razones de economía y eficacia así lo sugieren. Supongo que no es incompatible con que se persiga también a los usuarios, principalmente negándoles las conexiones a la red cuando realicen de manera repetida descargas ilegales de contenidos protegidos (como en Francia o Reino Unido), pero tengo entendido que esta solución chocaría en España con nuestra legislación en materia de protección de datos.
Fuente:
http://www.lne.es/sociedad-cultura/2011/05/21/pagar-propiedad-intelectual-deberia-pagar-electricidad/1078004.html

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